domingo, 27 de octubre de 2024

JORNADA PREPARATORIA GUALEGUAYCHÚ. CAMINO AL XXXII CONGRESO NACIONAL DE DERECHO PROCESAL

 



 
 




 




El viernes 25 de octubre vivimos una jornada memorable en Gualeguaychú compartiendo este momento de aprendizaje y reflexión junto a numeroso público asistente y más de cien personas conectadas de forma remota.

Al inicio del evento, se realizó el homenaje al abogado y periodista Dr. Julio Majul. Se impuso su nombre al hall central del edificio sede de la Sección Gualeguaychú del CAER, se descubrió una placa alusiva y se hizo entrega de un recordatorio a sus familiares.

A continuación, disertaron el Dr. Francisco Verbic y la Dra. Patricia Bermejo sobre Acceso a la justicia y procesos colectivos. Los expositores nos brindaron valiosas perspectivas para seguir construyendo juntos.

Esta jornada, preparatoria para el XXXII Congreso Nacional de Derecho Procesal que se realizará en Mar del Plata los días 14, 15 y 16 de noviembre del cte., fue posible gracias al incansable trabajo de los organizadores: Sección Gualeguaychú del CAER, Ateneo Entrerriano de Estudios del Proceso, Asociación Argentina de Derecho Procesal, FUNDESI, Rubinzal Culzoni y el Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial del CAER.

Agradecemos especialmente a todos los que hicieron posible este evento, por ayudarnos a seguir creciendo profesional y humanamente en este camino hacia el más destacado acontecimiento procesal en el orden nacional, próximo a realizarse.









lunes, 21 de octubre de 2024

SUMARIOS DE FALLOS ANALIZADOS EN LA REUNIÓN DE OCTUBRE DE 2024 DEL INSTITUTO DE DERECHO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DEL C.A.E.R.


CASO I

 

 

CSJN, Recurso de hecho deducido por María Rosalía Vega y Pedro Salvador Vega en la causa Moreno Ramón Roberto s/ Información posesoria”, 10/10/2024 

VOCES: USUCAPION. FALTA DE LEGITIMACIÓN. 

Sumario:

Aun cuando los aquí recurrentes hubiesen contestado la demanda de forma extemporánea, no puede soslayarse que se les otorgó participación en el proceso como herederos de Serapia Mercado -titular registral fallecida- por lo que contrariamente a lo decidido por el voto mayoritario de tribunal superior de justicia provincial, se encontraban debidamente legitimados para acudir a una etapa recursiva tendiente a hacer valer sus derechos de defensa en juicio, debido proceso, propiedad e igualdad ante la ley, que se invocan vulnerados. En esa inteligencia, corresponde proceder a la descalificación del fallo bajo estudio.

 

 

CASO II

 

CÁMARA SEGUNDA SALA III PARANÁ, AUTOS: Nº 11888 "P. A. J. C/ E. L. N. S/ EJECUCION DE HONORARIOS (CONEX.FAMILIA Nº 3), 19/09/2024 

VOCES: HONORARIOS. APELACION HONORARIOS. HONORARIOS MÍNIMOS.

 Sumario: 

El caso llega en apelación de honorarios por bajos del letrado ejecutante de la retribución básica del mediador, dado que en la instancia inferior se perforó el mínimo regulando la suma equivalente a 5 juristas. El fallo es ratificado por la Sala 3 de la Cámara 2da., valorando sistemáticamente las previsiones legales de las leyes arancelarias (art. 58 Ley 7046 y modif.) y del Código Civil y Comercial Argentino (artículos 3 y 1255) que habilitan a fijar equitativamente la retribución cuando la aplicación de aquella conduzca a una evidente e injustificada desproporción entre la retribución resultante y la importancia de la labor cumplida, citando el criterio de la. Sala Civil y Comercial del STJER en autos “Meydac Ignacio c. c/ Gran Hotel Alvear S.A. s/ Ejecución de honorarios" (Nº 8858, 04/07/2023), siendo que en el caso de regularse los honorarios del mínimo de la escala (10 juristas) ello equivaldría a 30 veces el capital con más los accesorios. En base a ello, pondera los principios de razonabilidad (de base legal y constitucional) y de justa retribución y resuelve confirmar el fallo apelado.

 

 

CASO III

 

CSJN,  “L., J. L. S/ AUTORIZACIÓN” CIV 104832/2022/CS1Recurso extraordinario, 21/08/2024

 

VOCES: RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL.  FALTA DE FUNDAMENTACIÓN AUTÓNOMA. 

Caso: 

Cónyuge supérstite solicita autorización judicial para continuar con el Programa de Inyección Intracitoplasmática de Espermatozoides (ICSI) con material genético crioconservado de su cónyuge fallecido quien había otorgado poder general de administración y disposición.

Dada la relevancia del caso, se realizan diversas consideraciones sobre la voluntad del donante a la luz de los artículos 560, 561 y 562 del CCC.

 

Sumario: 

Se declara mal concedido por no cumplir con requisito de fundamentación autónoma que debe contener crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos y cada uno de los fundamentos, no bastando un criterio distinto. Artículo 5 ley 48.

 



 

viernes, 18 de octubre de 2024

REUNIÓN DE OCTUBRE 2024

 



En la reunión de octubre analizamos tres fallos cuyos sumarios serán publicados a la brevedad sobre falta de legitimación activa, perforación del mínimo de honorarios y material genético crioconservado.
Analizamos mejoras a implementar en nuestro blog y nuestras redes sociales con vistas a dotarlos de mayor agilidad y atractivo.
Además, evaluamos las excelentes repercusiones de la Jornada Preparatoria del XXXII Congreso Nacional de Derecho Procesal que se realizó en la sede de UCA en la que se desarrollaron dos paneles: vulnerabilidad y tecnología aplicada al proceso, en las que integraron dichos paneles nuestros miembros: Francisco Cosso, Andrea Saxer y Rosa Warlet
También ultimamos detalles relativos a la siguiente Jornada Preparatoria del más grande evento académico del ámbito procesal que se realizará en Gualeguaychú el 25 de octubre en la que disertarán los Dres, Francisco Verbic y Patricia Bermejo sobre Acceso a la Justicia y procesos colectivos.

viernes, 11 de octubre de 2024

JORNADA PREPARATORIA DEL XXXII CONGRESO NACIONAL DE DERECHO PROCESAL




Camino al XXXII Congreso Nacional de Derecho Procesal, se realizó en UCA Sede Paraná una Jornada Preparatoria organizada por Ateneo Entrerriano de Estudios del Derecho Procesal, Asociación Argentina de Derecho Procesal, FUNDESI y el Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial del CAER.
La actividad se desarrolló en dos paneles. El primer panel sobre "Vulnerabilidad" fue moderado por la Dra. Ana Clara Pauletti, Directora del Ateneo de Estudios del Proceso; expusieron: Yamila Frate: Vulnerabilidad de adultos mayores en procesos de alimentos, Ángel Moia: Límites a la tutela de los vulnerables. El incidente de solvencia y nuestros miembros: Andrea Saxer: Las cargas procesales en los procesos con personas vulnerables y Francisco Cosso: Vulnerabilidad: Actuación judicial y su importancia en la correcta aplicación del derecho.
El segundo panel dedicado a "Tecnología aplicada al proceso" fue coordinado por la Dra. Valentina Ramírez Amable, Secretaria del Ateneo ; expusieron: -Pablo Hojman: Instrumentalidad de las formas procesales" , Federico Sedlacek: La innovación tecnológica aplicada a las notificaciones procesales, Gabriela Sione: Principios e instrumentos de gestión aplicados al sistema de justicia y a la resolución de controversias y Rosa Alicia Warlet: "Integración de la IA Generativa al proceso judicial, desafíos éticos.
Como maestro de ceremonias intervino Pablo Galarza, Secretario del IDPCC.
Francisco Cosso se refirió a la importancia de la correcta actuación judicial, la que implica el debido control de los jueces en la adecuada aplicación de las normas procesales y leyes de fondo, a los fines de garantizar el equilibrio de derechos de las partes, procurando que el vulnerable no se transforme en víctima del propio proceso.
Andrea Saxer trabajó sobre la carga de llevar al proceso la vulnerabilidad, necesidad de crear procesos nuevos ante situaciones para las cuales las herramientas actuales no dan una tutela judicial efectiva.
Rosa Warlet se refirió al uso de la inteligencia artificial generativa abordando puntualmente los desafíos éticos que genera su implementación tanto en el proceso judicial comoy la actividad profesional y cual es el criterio regulatorio imperante en la materia.
Gracias a la dedicación de todos los que participaron, pudimos profundizar en temas clave del derecho procesal. ¡El conocimiento compartido es el mayor tesoro!!!
Estamos coorganizando la próxima jornada Preparatoria es en Gualeguaychú el 25 del cte. mes y año. Disertarán la Dra. Patricia Bermejo y el Dr. Francisco Verbic. Todos invitados!!!!



 

sábado, 28 de septiembre de 2024

PARTICIPAMOS EN EL I CONGRESO PROVINCIAL DE MEDIACIÓN


Miembros del Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial del CAER presentaron ponencias -que fueron aprobadas- en el I Congreso Provincial de Mediación celebrado en Paraná los días 26 y 27 de septiembre.
Las Dras. Silvana Pascual y Rosa Warlet abordaron "El rol del abogado de parte en la mediación", el Dr. Hernán Lell, "Hacia una Abogacía sin jueces" y la Dra. Gabriela Fernández Mántaras, miembro de nuestro Instituto y del Instituto organizador, "Prueba en mediación".
Felicitamos a nuestros ponentes y a los organizadores, el amigo Insituto de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos, la Sección Paraná del CAER y el CAER.


 

domingo, 22 de septiembre de 2024

EXPEDIENTE ELECTRÓNICO, LOGROS Y DESAFÍOS - DOCTRINA DE NUESTROS MIEMBROS

  



La notificación electrónica y la digitalización de los expedientes judiciales en nuestra provincia son avances importantes. Pero aún quedan desafíos por superar. En el artículo que acompañamos, la dra. Rosa Warlet, Directora del IDPCC, analiza los obstáculos que enfrenta la implementación del expediente electrónico en nuestra provincia y propone
diversas soluciones.

 

IAG Y ABOGACÍA. EL ROL DE LA ÉTICA

     


 


Por invitación del CALZ Colegio de Abogados de Lomas de Zamora, nuestra Directora, la Dra. Rosa Warlet participó de un conversatorio sobre "IAG y Abogacía, el rol de la ética. Del miedo a la oportunidad". Analizó el fenómeno que está revolucionando nuestra profesión: la Inteligencia Artificial Generativa (IAG) no sólo en términos de eficiencia y automatización, los miedos a los que nos enfrentamos, los desafíos éticos en el ejercicio profesional y las oportunidades que se presentan.





 

JUSTICIA DE PAZ DE ENTRE RIOS: NUEVOS ARANCELES

 


SUMARIOS DE FALLOS ANALIZADOS EN LA REUNIÓN DE SEPTIEMBRE DE 2024 DEL IDPCC - CAER



CASO I



CGchú, CivCom: “GUIDONI, Fernando Martín, c/ BIRE, Guillermo Humberto, s/ Preparación de la vía monitoria (sumarísimo)”, 23/11/2022

VOCES: DEMANDA EN DOLARES. HONORARIOS. BASE ECONÓMICA.


Sumario:


1.– Si el monto por el que prosperó la demanda es en dólares estadounidenses sin pesificar, conforme al art. 766 del CCC (texto original), la base económica para la regulación de honorarios (art. 42 de la Ley Arancelaria) no puede estar constituida por aquél pesificada al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina, pues esta cotización está sujeta al impuesto PAIS, más la percepción adicional del 35% establecida por la resolución 4815/2020 de la AFIP, de modo que con esa cantidad de pesos no podría adquirir la suma en dólares adeudada.

2.– Si el monto por el que prosperó la demanda es en dólares estadounidenses sin pesificar, conforme al art. 766 del CCC (texto original), debe seguirse el mismo criterio para la establecer la base económica para la regulación de honorarios. Por ello, no es de aplicación al caso lo resuelto por el STJ, CivCom, en "BELTRÁN, Silvia Miriam, c/ MUCHIUTTI, Orlando Ramón – ejecutivo" (nº 8569), del 14–XI–2022.

3.– Para establecer la base económica para la regulación de honorarios si el monto por el que prosperó la demanda es en dólares estadounidenses sin pesificar, conforme al art. 766 del CCC (texto original), debe contemplarse el valor del llamado dólar MEP para la venta.

4.– Dado que la discusión se refiere a la regulación de honorarios, el recurso de resuelve sin costas ni honorarios.





CASO II


CSJN, “Recurso de hecho deducido por la parte actora en la causa U., L. N. c/ Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos s/ acción de amparo”, 20/08/2024

VOCES: EXCESIVO RIGOR FORMAL. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA


Sumario:

1.- Teniendo en cuenta la edad de la actora, su condición de jubilada y el tiempo transcurrido desde la interposición de la demanda, constituye un excesivo rigor formal sostener, como hizo el tribunal apelado, que la vía elegida no es idónea. No hay prueba pendiente de producción y es innecesario mayor debate. Ello revela que el empleo de la vía del amparo no ha reducido las posibilidades de defensa de la demandada (artículo 18 de la Constitución Nacional). En ese contexto, las circunstancias del caso y la naturaleza de los derechos debatidos hacen que la reapertura del debate a través de los carriles ordinarios no satisfaga la exigencia de tutela judicial efectiva (artículos 18 y 43 de la Constitución Nacional, artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos).



CASO III


Juzgado de Paz de Victoria, "CFER C/ EJC s/Monitorio Ejecutivo" (N° 6420, año 2024), 08/08/2024

VOCES: HONORARIOS JUSTICIA DE PAZ. PERFORACIÓN MINIMO. ART. 1255 CCC.


Sumario

1.- En lo que respecta a la cuantificación de los honorarios profesionales, me cabe decir que analizando la Ley 7046, Reformada por la Ley 11.141, de reciente sanción y entrada en vigencia, esta ley fija para la regulación, reglas generales, reglas cualitativas y cuantitativas y conforme los montos fijados de competencia del Juzgado de Paz, toda regulación basada en los arts. 30, 70 y 8 último párrafo Ley 7046 resultarían también desproporcionado en relación al monto de la sentencia recaída.

2.- Para solucionar esta incompatibilidad recurriré a la aplicación del Art. 1255 del C.C. y C y me apartaré de los mínimos conforme lo efectúe en autos SI.DE.CRE.E.R. S.A. C/ RAPELA CARLOS ARMANDO S/ MONITORIO EJECUTIVO. RECARATULADO” N° 6322 Año 2024, siguiendo el criterio de la Corte Suprema en relación a este tema, fallos 239:123, 329:94 y 256:232 y por nuestro Superior Tribunal Sala Civil causa: "LARROCCA, María Jorgelina C/ BIDERBÓS, José María y Otros S/ EJECUCION DE HONORARIOS" - Expte. No 8963 con fecha de resolución 18.04.2024 “por la cual corresponde a la magistratura de velar para que los honorarios tributen conforme las pautas de justicia y razonabilidad que se desprenden del artículo 28 de la Constitución Nacional (CSJN, Fallos:329:94)".








 

miércoles, 11 de septiembre de 2024

REFORMA LEY DE HONORARIOS - DOCTRINA DE MIEMBROS DEL INSTITUTO DE DERECHO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DEL CAER

 








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REFORMA LEY DE HONORARIOS - DOCTRINA DE MIEMBROS DEL INSTITUTO DE DERECHO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DEL CAER

Nos enorgullece presentar el artículo publicado en Jurisprudencia Argentina Litoral sobre La Reforma a la Ley de Honorarios de la Abogacía de Entre Ríos.
En este trabajo, Rosa Alicia Warlet y Hernán Luis Lell exploran los impactos y desafíos de la reforma, abordando temas clave como el orden público, la naturaleza alimentaria de los honorarios, la nueva unidad arancelaria, la fundamentación de la regulación de honorarios.
Esta contribución académica puede leerse en: CLICK ACÁ
O bien en el QR inserto en la imagen

PREPARATORIA XXXII CONGRESO NACIONAL DERECHO PROCESAL

 

 

El 25 de octubre, a las 17 hs, en la ciudad de Gualeguaychú, con la disertación de Francisco Verbic sobre "Acceso a la Justicia y Procesos colectivos", se celebrarán las Jornadas Preparatorias del XXXII Congreso Nacional de Derecho Procesal, organizadas por el Ateneo Entrerriano de Estudios de Derecho Procesal dirigido por Ana Clara Pauletti, el Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, dirigido por Rosa Warlet, y la sección Gualeguaychú del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, presidido por Victoria Giménez. El evento cuenta con el auspicio de la Asociación Argentina de Derecho Procesal, Fundesi y Rubinzal-Culzoni Editores. En la ocasión será homenajeado y recordado el Dr. Julio Majul, abogado y periodista local, actor del amparo colectivo ambiental en el cual la Corte Suprema sentó precedente en materia de humedales. La asistencia podrá ser presencial o virtual. Inscripción en el siguiente correo electronico: administracion@caergchu.org
📆 Fecha: 25/10
⏰ Hora: 17
📍 Dirección: Rivadavia 526, Gualeguaychú
📧 Email: administracion@caergchu.org
📱 Modalidad: presencial y virtual






DOCTRINA DE NUESTROS MIEMBROS: ALMADA, D.S. CANASTA DE CRIANZA Y ADOLESCENTES

 


Compartimos artículo titulado Canasta de crianza y adolescente, de autoría de la Dra. Deolinda Sabina Almada, miembro del IDPCC, publicado en Microjuris MJ-DOC-17950-AR | MJD17950.
Se puede acceder desde este link: CLICK ACÁ
O bien desde el QR de la imagen.


martes, 10 de septiembre de 2024

REUNION IDPCC SEPTIEMBRE 2024

 



Una nueva reunión mensual nos congregó. Fue una jornada muy productiva en la que:
🔍 Analizamos jurisprudencia destacada de la CSJN y del STJ, cuyos sumarios serán publicados a la brevedad.
💬 Debatimos sobre la reforma a la ley de honorarios, exponiendo puntos de vista disímiles con total respeto a la diversidad de opiniones.
📊 Evaluamos la jornada sobre prueba en mediación que coorganizáramos recientmente, destacando la nutrida concurrencia y el intenso intercambio de opiniones realizado
📅 Proyectamos actividades futuras, incluyendo:
* La coorganización de una Jornada Preparatoria del XXXII Congreso Nacional de Derecho Procesal que se realizará en Gualeguaychú el 25/10/2024 sobre procesos colectivos, cuyo único disertante es el Dr Francisco Verbic.
* Participación en congresos inminentes: el nombrado y el I Congreso Provincial de Mediación. En ambos miembros de nuestro Instituto presentarán ponencias.
* Mejora de nuestra página web para hacerla más accesible y atractiva, respetando siempre el contenido existente. Nos enfocaremos en optimizar la navegación, mejorar el diseño visual y asegurar que todos los usuarios,puedan acceder a la información de manera efectiva, Invitamos a los miembros que deseen sumarse a conformar un grupo con dicho objetivo.

 

Hagamos el último esfuerzo del año!!!
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