Nuestra reunión mensual fue bimodal.Analizamos la repercusión de las dos últimas actividades presenciales en las ciudades de Paraná y Nogoyá, debatiendo sobre modalidad y características de próximas capacitaciones.También analizamos estadode situación frente a la inminencia de la entrada en vigencia del segundo factor de autenticación para ingreso a la Mesa Virtual 2, anunciado para el 1/10/2023. Advertimos que muchos colegas confunden ello con el uso de la firma digital remota, con respecto a la cual aún no existe fecha de entrada en vigencia obligatoria.Dedicamos especial atención al análisis de ataques cibernéticos producidos por malaware a los poderes judiciales de Chaco y Córdoba, ANSES, Poder Judicial y organismos administrativos de Colombia, focalizando en la forma en que se producen y los daños ocasionados.Por último, se hizo hincapie en que tanto la firma digital remota como la firma digital con token tienen el mismo valor legal y efecto probatorio, siendo una cuestión de mérito, onveniencia y oportunidad utilizar una u otra.
lunes, 25 de septiembre de 2023
REUNION SEPTIEMBRE 2023
CHARLA DEBATE ORALIDAD EN LOS PROCESOS CIVILES - SECCIÓN NOGOYÁ
PARA QUE SIRVE EL OTP GOOGLE AUTHENTICATOR
Para que sirve el OTP?
Este video forma parte de una colección en la que cada emisión pretende dar respuesta a una pregunta.
Ya explicamos en anterior vídeo que el OTP cómo segundo factor de autenticación entra en vigencia el 1/10/23. En cambio no está prevista fecha de entrada en vigencia de la firma digital.
COMUNICADO DEL CAER RECHAZANDO EL PROYECTO DE DIVORCIOS ADMINISTRATIVOS
Fuente: www.caer.org.ar
🚫El CAER rechaza los divorcios “administrativos”
El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos rechaza el proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados que busca reformar el Código Civil y Comercial de la Nación para permitir tramitar divorcios en sede administrativa.
El proyecto presentado en agosto por la diputada Eugenia Alianiello (Frente de Todos - Chubut), en el expediente 3287-D-2023, intenta modificar varios artículos del Código Civil y Comercial de la Nación, para permitir un trámite administrativo de disolución del matrimonio.
El texto en cuestión presenta tan sólo cinco artículos, y no sólo afecta la incumbencia profesional de abogados y abogadas, sino que también supone una renuncia a los derechos de los particulares para la aprobación del trámite, sin asesoría letrada.
Si bien el proyecto es presentado como una iniciativa para bajar costos en los divorcios vinculares, prevé la aplicación de nuevas tasas y aranceles, que terminarán siendo un mecanismo de financiamiento para el Estado.
El CAER manifiesta su total rechazo, tal como realizó con el proyecto de “sucesiones administrativas” y se solicitará a todos los legisladores entrerrianos que no acompañen esta iniciativa que atenta contra los derechos de la ciudadanía en su conjunto.
ESTA FUNCIONANDO LA OGU (OFICINA DE GESTIÓN ÚNICA) EN PARANA
Desde el martes 22 de agosto, en Paraná, se encuentra en funcionamiento la Oficina de Gestión Única (OGU). El organismo fue creado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), en el Acuerdo General N° 39/22 – Punto 4), el 23 de noviembre del año pasado, aprobando su reglamento y estructura funcional. Depende de la Sala N° 2 en lo Civil y Comercial del STJ.
La misión de la OGU es brindar soporte administrativo, de recursos humanos y técnico a los organismos jurisdiccionales del Fuero Civil y Comercial y de Familia -Juzgados y Cámaras- mediante la conformación de unidades de servicios comunes.
La implementación de la OGU se realizará de manera progresiva, flexible y por etapas, y en función de ello los organismos involucrados deberán reorganizarse a partir de la unificación de las Mesas de Entradas de los Juzgados a través de una Unidad de Atención General; unificación del agendamiento de audiencias; centralización de ingreso de causas y la progresiva separación de las funciones administrativas de las jurisdicciones a través de la elaboración de providencias de trámite unificadas.
La primera etapa es en Paraná e implica la puesta en funcionamiento en el fuero de Familia de las Unidades de Atención; Unidades de Gestión de Audiencias y en la Unidad de Registro y Estadísticas.
La Unidad de Atención General tendrá como función principal la de orientar e informar a las personas que concurren o se contacten con el Fuero Civil, Comercial y de Familia, los días hábiles, de 7 a 19.
También informará y asistirá a las partes citadas a las audiencias y a sus patrocinantes. Por ese motivo, deben anunciarse ante la OGU. Además se confeccionará la constancia de asistencia a las audiencias.
La Unidad de Registro y Estadísticas deberá realizar los sorteos de los profesionales de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios (ETIS), cargar datos y actualizar novedades de las causas de violencia familiar hacia la mujer y delitos vinculados a las violencias; dar ingreso y gestionar las solicitudes de ADN, entre otras.
La Unidad de Gestión de Audiencias se encargará de programar y gestionar la agenda única del fuero por materia según criterios de agendamientos definidos y los pedidos recibidos.
Fuente: https://www.jusentrerios.gov.ar/