Compartimos los fallos analizados en la última reunión:
🔹STJ, s. Civ. y Com., 3–VII–2026, “ODEARD, Viviana Beatriz, c/ROSKOPF, Jorge Antonio, y otra, s/ordinario civil”
1.– En los procesos constitutivos de derechos reales deben regularse los honorarios atendiendo a la labor desarrollada, el tiempo empleado y la complejidad técnica (del dictamen de la procuradora adjunta).
2.– La aplicación del art. 730 CCC no concierne a la cuantía de los honorarios, sino al alcance de la responsabilidad del condenado en costas, cuestión que corresponde discutir en la ejecución
respectiva.
🔹 Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Paraná, Sala III – “González José Daniel s/ Usucapión” (N° 12760)
1.- El accionante ha acreditado que vivió en el lugar, que edificó y constituyó allí una familia todo a la vista de sus vecinos, es una prueba más que elocuente del ejercicio pacifico, público y continuo de la posesión de, y que se comporta como verdadero dueño, demostrando con este hecho de modo concreto y contundente su derecho.
La sentencia analiza la prueba compleja propia de la prescripción adquisitiva, la individualización del inmueble y los límites de la incorporación de nueva prueba en la segunda instancia.
2.- ... el trámite de usucapión tiene más las características de un proceso voluntario a pesar de que se le da la forma de un proceso de conocimiento contradictorio. Por lo que las costas deben ser impuestas a cargo de la parte actora, criterio que motiva la imposición de la instancia anterior -art.65, 2do. párr. CPCC-
🔹 Corte Suprema de Justicia de la Nación, “T., L. F. y otro c/ Obra Social del Personal de Prensa de Tucumán y otros s/ amparo Ley 16.986”
1.- .....la sentencia ..., al extender la condena al Estado nacional sin ninguna limitación, infringió el principio de congruencia y de defensa en juicio en tanto su jurisdicción estaba limitada por los términos en que quedó trabada la relación procesal y el alcance de los recursos concedidos (Fallos: 338:552, "Becerra" y sus citas).
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