lunes, 24 de abril de 2023
TALLER FIRMA DIGITAL REMOTA - CAER SECCIÓN CONCORDIA - 21/04/2023
TALLER FIRMA DIGITAL REMOTA - SAN SALVADOR - PRESENCIAL
TALLER VIRTUAL FIRMA DIGITAL REMOTA - COLÓN
Organizado por el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos y el Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial se realizó un Taller de Firma Digital Remota destinado a colegas de la Sección Colón. Estuvo a cargo de la Dra. Rosa Warlet quien refirió a aspectos teórico prácticos relacionados con la implementación de la firma digital remota.
En esta oportunidad, fue virtual a través de Fórum en red
jueves, 13 de abril de 2023
REUNIÓN DE ABRIL2023. ANEXO CAER, CONEXIÓN TOTAL
En las instalaciones recientemente remodeladas del Anexo CAER, llevamos a cabo la reunión del mes en curso del Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial. Volvimos a elegir la bimodalidad, la que mejor se adapta a nuestro estilo federal.
Formaron parte del orden del día los avances en materia de reforma procesal sumado a una nueva evaluación de la situación planteada por las notificaciones selectivas en la búsqueda de nuevas soluciones.
Organizamos los últimos detalles de próximas actividades programadas: Actualidad de la eficacia procesal a cargo del Dr. Carlos Camps en 28/4 y la primera jornada del Miniciclo Recursos contra resoluciones judiciales dedicada a Recursos ordinarios a cargo de las Dras. Valentina Ramírez Amable, Sandra Ciarrocca, Claudia Fiore y Noelia Telagorri el 4/5.
Proyectamos las próximas jornadas de dicho ciclo y fuimos dando forma a otras ideas en materia de capacitación.
En materia de firma digital a los recientes Talleres presenciales en Tala y Nogoyá se sumarán un taller virtual el 17/4 co-organizado con la Sección Colón, talleres presenciales en San Salvador y Concordia los días 20 y 21/4 co-organizados con las respectivas Secciones.
domingo, 9 de abril de 2023
FALLO CASATORIO DEL STJ DE ENTRE RIOS VINCULACIÓN EXPTE. ELECTRÓNICO
La Sala Civil del STJER, dictó sentencia en "LUNA, Carlos María c/ CENTENAR S.A. s/EJECUTIVO" Expte. N° 8705 en fecha 13/03/2023.Se expidió respecto de la vinculación electrónica producida en un expte realizada cuando el plazo del emplamiento estaba próximo a vencer. Se hizo lugar a la vinculación, otorgándoseel plazo de dos días para hacerbla presentación electrónica conforme art.7 RPE. Este decreto se encuentra firme.En el memorial de agravios del R.I.L., la quejosa arguyó errónea y arbitraria aplicación de la mencionada norma y denunció violación al principio de congruencia.La Sala resalta que el decreto que concedió la vinculación se encuentra firmeza por lo que las disquisiciones planteadas en la Alzadadevinieron extemporáneas en su tratamiento. Caso contrario, se afectaría el derecho de defensa y la garantía de debido proceso y el principio de preclusión procesal.Concluye que, "la resolución firme de primera instancia condicionó el cargo de presentación del escrito a su presentación dentro de los dos días de producida la vinculación del profesional al expediente digital. Concretada dicha carga en tiempo y forma, quedó vedada la posibilidad de discurrir respecto del plazo de presentación del memorial por el que se introdujo el pedido de caducidad de instancia, en los términos consignados en la decisión enjuiciada".
La sentencia completa puede consultarse en:
sábado, 1 de abril de 2023
NOGOYÁ - TALLER DE FIRMA DIGITAL REMOTA Y HERRAMIENTAS DIGITALES