jueves, 14 de marzo de 2024

EL INSTITUTO DE DERECHO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL EN EL RECUERDO AÑO 2020. LA DIPLOMATURA PROCESO POR AUDIENCIAS CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL




Hoy queremos compartir un recuerdo del que muchos han sido protagonistas o testigos pero otros más jóvenes tal vez no tengan noticia. Hace cuatro años, siendo reciente la implementación del proceso por audiencias y coincidiendo con el inicio de la emergencia sanitaria, comenzaba a desarrollarse una de las actividades académicas más importantes de los últimos años, que tuvo al Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial del CAER como uno de sus organizadores.

Estamos hablando de la Diplomatura Proceso por Audiencias Civil, Familia y Laboral organizada por el Colegio de a Abogacíade Entre Ríos la Asociación Argentina de Derecho Procesal y el Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial, con el aval académico de la UCA Sede Paraná.

Fue un proyecto muy bien estructurado y mejor ejecutado en el que se aprovecharon las ventajas que proporciona la tecnología, enriquecido por la excelencia de todos los profesores nacionales e internaciones que pasaron por sus aulas virtuales: Jorge Rojas, Patricia Bermejo. José María Salgado, Matías Sucunza, Andrea Morales, Leando Giannini, Mariano FErnández, Déborah Huczek, Amos Grajaels, María CArlota Ucín, Héctor Chayer, Raúl Calvo Soler, Xavier Abel Lluch, Santiago Pereira Campos. Fue la primera actividad preparatoria del XIII Congreso Provincial de Derecho que recién pudo realizarse en 2022.

Inicialmente pensada en forma bimodal, por la pandemia sólo pudo realizarse virtualmente. Marcó los inicios de esta nueva manera de comunicación y capacitación a través de internet que produjo excelentes resultados y generó una nueva comunidad de amigos.

Congregó a 220 alumnos; abogados de la matrícula, magistrados, funcionarios y empleados tanto de Entre Ríos como de otras provincias.

La dirección estuvo a cargo de las Magistradas Ana Clara Pauletti y Valentina Ramírez Amable, la coordinación de la Directora del IDPCC, Dra. Rosa Alicia Warlet y la asistencia técnica de Diego Fisolo.


 

miércoles, 13 de marzo de 2024

REUNIÓN MES DE MARZO 2024




La sensación térmica de 42° grados fue claramente ignorada Hicimos nuestra reunión mensual en forma bimodal con numerosa concurrencia. 

Expusieron miembros del Grupo Jurisprudencia sobre fallos casatorios seleccionados. Interesante debate, cuyas conclusiones pasarán a formar parte del archivo respectivo.

También abordamos planes futuros, normas reglamentarias y la realización de la Asamblea correspondiente






 

8 DE MARZO DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER


                            Nuestro homenaje



COMUNICADO COPIADO DEL MURO DEL JUZGADO DE 1A. INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 2 DE PARANA


En el FUERO FEDERAL no existe ningún instrumento que se denomine "foja cero" ... el formulario que se observa en la imagen se denomina simplemente FORMULARIO DE INGRESO DE DEMANDAS lo que surge claramente de la segunda linea.

Se ruega utilizar las herramientas conforme el FUERO en que se litiga.

En el FUERO FEDERAL solo se utiliza el CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION

En el FUERO FEDERAL solo rigen la ACORDADAS de la CSJN, las emitidas por la CFA de PARANA y las RESOLUCIONES DE SUPERINTENDENCIA DE LOS JUECES FEDERALES

En el FUERO FEDERAL los PATROCINADOS firman ológrafamente y las declaraciones juradas de los PATROCINANTES carecen absolutamente de valor

En el FUERO FEDERAL y en materia de apoderamiento, la regla está establecida en el art. 47 del CPCCN, siendo las excepciones los procesos previsionales, laborales, amparos de salud (solo para los amparistas) y personas que litigan con beneficio de litigar sin gastos.