El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dictó la Resolución de Presidencia n.° 1049/2025, mediante la cual dispuso que durante el receso judicial de enero de 2026 se apliquen las Modalidades para compatibilizar el funcionamiento del Expediente Digital y la Oralidad en la Feria Judicial, aprobadas oportunamente por el Tribunal de Superintendencia y luego modificadas.
La decisión mantiene los criterios ya utilizados en ferias anteriores, los cuales han resultado satisfactorios en su aplicación práctica, y alcanza a todos los organismos judiciales de la provincia, a los Ministerios Públicos y a los Colegios profesionales.
Entre los aspectos regulados se encuentran la tramitación de amparos, los pedidos de habilitación de feria, el uso del Sistema de Notificación Electrónica y del expediente digital, el libramiento de órdenes de pago electrónico, los pases de expedientes y la disponibilidad de salas de audiencia.
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