viernes, 1 de agosto de 2025

REUNIÓN MES DE JULIO DE 2025

 

 


💻 Ayer tuvimos nuestra primera reunión mensual luego de la Feria Judicial de Julio y fue un encuentro muy productivo.
Analizamos recientes fallos casatorios del Superior Tribunal de Justicia  de Entre Ríos en materia de amparo de salud y autonomía de las personas adultas mayores. También, fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que inciden con rigorismo en el ejercicio profesional sobre pagode tasa por recurso de queja por apelación denegada e incumplimiento de las disposiciones de la Acordada 4/2007
También hicimos un balance muy positivo de nuestra última actividad sobre usucapión y comenzamos a planificar los próximos eventos del Instituto. Próximamente, compartiremos los respectivos resúmenes.
Además,  hicimos un balance muy positivo de nuestra última actividad sobre usucapión en la ciudad de Diamante y comenzamos a planificar los próximos eventos del Instituto.
¡Gracias a todos por su participación! 


jueves, 3 de julio de 2025

INTERSECCIÓN IA, ÉTICA, ABOGACÍA & DERECHO PROCESAL


La Inteligencia Artificial no es el futuro, es el presente que ejerce su influencia sobre todas las manifestaciones humanas. Por eso, también está redefiniendo los cimientos del Derecho Procesal. Pero para guiar esta transformación, debemos comprender que la tecnología -sin que ello implique desmerecer sus beenficios- debe servir a los principios fundamentales de la justicia y la ética profesional. 

Nuestra Directora, brindó una charla para el Colegio de Abogados de Santa Fe sobre "Inteligencia Artificial y Ética en el ejercicio de la Abogacía", un tema crucial en la era actual. Durante la exposición abordó los desafíos y oportunidades que la IA presenta para nuestra profesión, haciendo una especial referencia a la intersección con los Mandamientos de Couture, pilares fundamentales de nuestra práctica.

La exposición completa, ACÁ




sábado, 28 de junio de 2025

GRAN JORNADA SOBRE PROCESO DE USUCAPION EN DIAMANTE



 

Estamos muy contentos por el éxito de la actividad sobre Proceso de usucapión que realizamos en la ciudad de Diamante, coorganizada con la CD de la Sección Diamante del CAER a quienes agtradecemos el esfuerzo y compromiso. Fue un encuentro muy productivo y enriquecedor.
Queremos destacar y agradecer especialmente a Dra. Blanca Acosta, miembro de nuestro Instituto y Vicepresidenta de la Sección mencionada, quien moderó la jornada con maestría.
Un reconocimiento especial al Dr. Horacio Turchetti, también miembro del IDPCC, por su disertación, que aportó claridad y profundidad al tema.
Gracias al Colegio de la Abogacía de Entre Ríos por el apoyo brindado.
Además, queremos felicitar el esfuerzo y compromiso de los colegas de Paraná y otras ciudades que se acercaron a participar desafiando al frío intenso. Su presencia fue fundamental y valoramos enormemente el acompañamiento. 
¡Gracias a todos los que hicieron de esta jornada un espacio de conocimiento y camaradería! Seguimos trabajando para acercar temas de Derecho Procesal a toda la provincia.

 

martes, 17 de junio de 2025

FALLOS ANALIZADOS EN LA REUNIÓN DE JUNIO DE 2025



Compartimos los resúmenes de los fallos analizados en la reunióp de junio/2025.

Para acceder al texto completo de los fallos, pueden utilizar el QR agregado a la imagen o hacer doble click AQUÍ


1. CAMARA II SALA III PARANA

Expte. Nº 11781

Carátula: “DEFENSORA PÚBLICA Nº 9, DRA. CAROLINA A. SUÁREZ SCHUMACHER, EN REPRESENTACIÓN DE P. A. A., c/FAES, José Darío, s/filiación e indemnización de daños y perjuicios”

Fecha: 20/02/2025

Voces: expresión de agravios, omisión de expresar agravios.

Sumario:

1.– Cuando se omite expresar agravios respecto de uno de los argumentos centrales de la decisión apelada, esa circunstancia amerita la confirmación del fallo (cfr. esta Sala en “Modenuitti, Zulma A., c7Lmos, Flavio Miguel, s/desalojo”, nº 6337, 7–7–2010).

 

2. CÁMARA COMERCIAL SALA F

Carátula: “ADORNO, ROGELIA c/LACROIX, CLAUDIA SILVINA s/ORDINARIO”

Fecha: 18/02/2025

Voces: prescripción, nulidad

Sumario:

1.- La acción para reclamar por el contrato aquí analizado (mutuo) se incluye dentro del plazo genérico quinquenal del art. 2560.

0.- Todo tipo de irregularidad procesal es susceptible de ser convalidada mediante el consentimiento expreso o tácito de la parte a quien aquélla perjudique; por lo cual en el supuesto de no reclamarse el pronunciamiento de la nulidad de acuerdo con las formas y dentro de los plazos que la ley fija a tal efecto, corresponderá presumir que aunque la irregularidad exista no ocasiona necesariamente un perjuicio y que por tal, la parte ha renunciado a su impugnación (cfr. Podetti, J.R., Tratado de los actos procesales, pág.215, Ediar, 1955, Bs. As).

3. CÁMARA II SALA III PARANA

Expte. Nº  12101

Carátula: ""DAMONTE AUGUSTO ALEJANDRO C/ BANCO INDUSTRIAL COMERCIALDE CHINA (I.C.B.C) S/ EJECUCION DE HONORARIOS-

Fecha27/02/2025

Voces: honorarios, principio de proporcionalidad

Sumario

1.- El principio de proporcionalidad impone a los jueces que, en oportunidad de estimar la retribución de cualquiera de los profesionales por su actuación en el proceso, deban apartarse de los montos o porcentuales mínimos cuando la naturaleza, alcance, tiempo, calidad o resultado de la tarea realizada o el valor de los bienes que se considerasen, indiquen razonablemente que la aplicación estricta, lisa y llana de los mismos, ocasionará una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución que en virtud de aquellas normas habría de corresponder.

1. CAMARA II SALA III PARANA 

Expte. Nº 11781

Carátula: “DEFENSORA PÚBLICA Nº 9, DRA. CAROLINA A. SUÁREZ SCHUMACHER, EN REPRESENTACIÓN DE P. A. A., c/FAES, José Darío, s/filiación e indemnización de daños y perjuicios”

Fecha: 20/02/2025

Voces: expresión de agravios, omisión de expresar agravios.

Sumario:

1.– Cuando se omite expresar agravios respecto de uno de los argumentos centrales de la decisión apelada, esa circunstancia amerita la confirmación del fallo (cfr. esta Sala en “Modenuitti, Zulma A., c7Lmos, Flavio Miguel, s/desalojo”, nº 6337, 7–7–2010).


2. CÁMARA COMERCIAL SALA F

Carátula: “ADORNO, ROGELIA c/LACROIX, CLAUDIA SILVINA s/ORDINARIO”

Fecha: 18/02/2025

Voces: prescripción, nulidad

Sumario: 

1.- La acción para reclamar por el contrato aquí analizado (mutuo) se incluye dentro del plazo genérico quinquenal del art. 2560.

0.- Todo tipo de irregularidad procesal es susceptible de ser convalidada mediante el consentimiento expreso o tácito de la parte a quien aquélla perjudique; por lo cual en el supuesto de no reclamarse el pronunciamiento de la nulidad de acuerdo con las formas y dentro de los plazos que la ley fija a tal efecto, corresponderá presumir que aunque la irregularidad exista no ocasiona necesariamente un perjuicio y que por tal, la parte ha renunciado a su impugnación (cfr. Podetti, J.R., Tratado de los actos procesales, pág.215, Ediar, 1955, Bs. As).


3. CÁMARA II SALA III PARANA

Expte. Nº  12101

Carátula: ""DAMONTE AUGUSTO ALEJANDRO C/ BANCO INDUSTRIAL COMERCIALDE CHINA (I.C.B.C) S/ EJECUCION DE HONORARIOS-

Fecha27/02/2025

Voces: hoorarios, principio de proporcionalidad

Sumario

1.- El principio de proporcionalidad impone a los jueces que, en oportunidad de estimar la retribución de cualquiera de los profesionales por su actuación en el proceso, deban apartarse de los montos o porcentuales mínimos cuando la naturaleza, alcance, tiempo, calidad o resultado de la tarea realizada o el valor de los bienes que se considerasen, indiquen razonablemente que la aplicación estricta, lisa y llana de los mismos, ocasionará una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución que en virtud de aquellas normas habría de corresponder.